Se debe remitir la postulación a la Sede del Consejo personalmente o vía postal. En este último caso no se tomará la fecha del sello postal sino la recepción en la Sede del Consejo.
Los certificados deberán ser presentados, a la Secretaría Permanente del Consejo, hasta cinco (5) días hábiles anteriores a la fecha dispuesta para la celebración del concurso sin necesidad de interpelación alguna.
La falta de presentación en el término indicado importará la exclusión de el/la postulante del concurso.
Su fecha de emisión debe ser posterior a la fecha de publicación de la convocatoria.
Título de Abogado/a:
Copia del Título de abogado/a legalizado por Ante Ministerio del Interior y Ministerio de la Educación.
El Diploma en original de abogado/a legalizado por Ante Ministerio del Interior y Ministerio de la Educación deberá ser presentado ante el Pleno en el momento del concurso.
Certificado del Colegio o de los Colegios de Abogados y/o Poderes Judiciales:
Expedido por el Colegio o de los Colegios de abogados y/o Poderes Judiciales, contendrá:
Fecha de matriculación y de su baja.
Motivo de la baja.
Antecedentes disciplinarios durante el lapso la habilitación para el ejercicio profesional.
En caso de que existieren sanciones disciplinarias deberá acompañar copia certificada de la causa y de la resolución que se hubiere dictado.
Certificado de Domicilio:
Expedido por la autoridad policial que corresponda.
Certificado de Antecedentes Penales:
Expedido por el Registro Nacional de Reincidencia.
Certificado del Registro Público de Alimentantes Morosos:
Expedido por el Registro Público de Alimentantes Morosos de la jurisdicción correspondiente a su último domicilio.
En caso de inexistencia de este Registro deberá declarar bajo juramento que no revisten la calidad de alimentantes morosos.